Datos personales

Mi foto
Ctra. Bailén Motril, km 41-A, JAÉN, Spain
Empresa constituida en 1999 por Luis Peláez Calderón, con una cualificada plantilla y los recursos tecnológicos más avanzados, estamos preparados para abordar cualquier problema relacionado con el ruido y las vibraciones.

LOCALIZADOR DE ACTUACIONES PROFESIONALES

2 sept 2013

Mapas Estratégicos de Ruido. BASE DE DATOS.


¿Te interesa conocer los frutos de la aplicación de la Directiva 2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental?

1- Visita la web del EGRA (Evaluación y Gestión del Ruido Ambiental , perteneciente al CEDEX,Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas): http://webaux.cedex.es/egra/
Con 4780 km de carreteras analizados, información de todo lujo de detalles, incluidos los archivos ".kmz", para visualizar en google earth todos los datos.



2- Visita la web del SICA (Sistema de Información de Contaminación Acústica, perteneciente al CEDEX,Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas): http://sicaweb.cedex.es/
Se pueden realizar consultas paramétricas de los mapas estratégicos de ruido de grandes aglomeraciones, aeropuertos, grandes ejes ferroviarios y carreteras.



En mi opinión: Una pasada!

Miguel Peñas.

12 jun 2013

Glosario de Términos Acústicos (SEA)


Hoy le damos difusión al glosario de términos acústicos de la Sociedad Española de Acústica (SEA), porque nos parece importante el uso de un vocabulario riguroso a la hora de expresarnos como técnicos especialistas en la materia.

Esperamos que lo disfruteis.

Miguel Peñas.

9 may 2013

INTERESANTE SOFTWARE GRATUITO DE ANÁLISIS DE REGISTROS SONOROS

Hoy os presentamos a REW v.5 (Room EQ Wizard).
Se trata de un software de medida y análisis de la respuesta de altavoces y salas. Incluye herramientas para la generación de señales, medida del Nivel de Presión Sonora, laimpedancia,la respuesta al impulso, espectograma, cálculo del tiempo de reverberación..., y un largo etcetera de utilidades.


Room EQ Wizard Main Window


2 may 2013

TRANSMISIÓN DE RUIDO DE IMPACTOS EN EDIFICIO DE OFICINAS Y VIVIENDAS

PREGUNTA (Peláez Consultores Acústicos):

En caso de transmisión de ruidos de impacto de una actividad comercial en los bajos de un edificio de oficinas y viviendas con la siguiente distribución:
Planta baja: Local comercial susceptible de transmitir ruido de impactos.
Planta Primera: OFICINAS.
Planta segunda: viviendas.

En base a la I.T. 2 apartado B.3, ¿dónde sería necesario realizar los ensayos de transmisión de ruido de impactos? ¿En la oficina de la primera planta? ¿En la vivienda de la segunda? ¿En ambas?.


RESPUESTA (Consejería de Medio Ambiente):


El criterio que debe seguirse es el de evaluar el recinto más desfavorable. Dado que las viviendas son más sensibles (con un límite a ruido de impactos inferior) y las oficinas están más expuestas por la cercanía, sería preciso medir en ambos recintos para verificar que se cumplen los límites en los dos casos.
 

EVALUACIÓN DE CENTROS DE TRANSFORMACIÓN (DECRETO 6/2012)

PREGUNTA (Peláez Consultores Acústicos):

Nos gustaría conocer con precisión la metodología de los ensayos acústicos a realizar para evaluar el cumplimiento de un centro de transformación SIN SERVICIO, conforme al Decreto 6/2012:
-          ¿Qué parámetros hay que medir?
-          ¿En base a qué normativa o instrucción técnica hay que medir?
-          ¿Cómo determinar el cumplimiento?


RESPUESTA (Consejería de Medio Ambiente): 



Para la tramitación de una instalación como la que  propone, se debe realizar un estudio acústico según lo indicado en la IT.3 apartado 2 del Decreto 6/2012.
Dicho estudio acústico debe contener la certificación del cumplimiento de los valores límite del Reglamento.
Al tratarse de una actividad en la que no existen locales colindantes, sólo debe verificarse el cumplimiento de los valores límites de inmisión al exterior establecidos en la tabla VII del Decreto 6/2012 y  evaluados  a 1,5 m de altura y a 1,5 m del límite de la propiedad de la actividad.
Dado que, a dicha actividad no le es de aplicación el artículo 33.2 del citado Decreto, no existe ninguna exigencia mínima de aislamiento acústico y por tanto, no se requiere una medida específica  de aislamiento. El  aislamiento considerado deberá ser el mínimo necesario para cumplir con el límite de inmisión anteriormente indicado.